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Unas mujeres, y un estado sordo

Tratándose de una de las consignas levantadas como reclamo para la sociedad, resulta paradójico observar, a la perspectiva del tiempo, la dificultad de escuchar el clamor popular, que demuestra el estado bajo sello presuntamente de izquierdas, que se denomina chavismo, y que ejerce, con lunares de legitimidad, el gobierno en Venezuela.

A finales de los 90, cuando llegaban al poder, el discurso nombraba mucho a víctimas, derechos humanos, pueblo, justicia social, mujeres… Todo esto se fue perdiendo en una vorágine de botas militares, nombramientos a dedo, y protección a los amigos de la revolución.

Y es que, claro, es mucho más sencillo llamar a saldar la deuda histórica con las víctimas de El Caracazo (1989) -parcialmente, sin tocar a los militares responsables- con sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, si se trata de una violación a derechos humanos cometida por otra administración. Ya cuando la Corte empieza a levantar el dedo acusador contra mí gestión, bueno. Ya ahí no es violación, ni hay deuda histórica. Allí hay injerencia en asuntos internos. Y no la permito, claro está.

Y si acompañas a esto con una domesticación del sistema de justicia, donde los jueces dependen de su nombramiento por parte de un aliado (a) y no de sus méritos, entonces la cosa escala. Adentro, tengo una justicia cortada a la medida. Y afuera, no, no les acepto injerencias.

Ante este panorama, miremos hacia otro lado. Hacia aquella esquina, donde hay menos luz. A las víctimas…

Miremos por ejemplo el caso de mujeres con cáncer. Caso con medidas cautelares de protección por parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. 12 mujeres, con un tratamiento médico necesario para su supervivencia, al que el estado no garantiza el acceso. Y aquí, comenzamos a desmontar…

En sus repetidas alocuciones, el estado venezolano asegura que no hay medicamentos porque hay un bloqueo por parte de Estados Unidos, que impide acceder a fondos e inventarios. Pero hay una anomalía, ¿saben? Las víctimas que CIDH protege en su medida cautelar 545-19, presentaron pruebas de diagnósticos y dificultades de tratamiento en 2014, 2015, 2016, 2017 y 2018. Fechas en las que no había bloqueo alguno de fondos del estado venezolano, por parte de los Estados Unidos de América. Entonces, tenemos un efecto de sanciones, hasta en 5 años antes de ser dictadas. Sin duda, un caso digno de estudio.

12 mujeres exigieron al estado cumplir con sus obligaciones en materia de salud, y garantizarles el acceso al tratamiento necesario para seguir vivas, en un contexto donde sólo el estado mantenía el control cambiario, importaciones, y capacidades plenas de abastecimiento (las sanciones datan de 2019). Sin embargo, oídos sordos. De hecho, cuando la medida cautelar es otorgada en octubre de 2020, ya no son 12 mujeres las beneficiarias. Ya algunas de ellas, habían fallecido, luchando contra su enfermedad, y la desidia de un estado que las condenaba a muerte con su silencio.

A 7 meses de la aprobación de la medida cautelar que protegía a estas mujeres, la República Bolivariana de Venezuela sigue sin responder a la misma. Se mantiene también el suministro regular o inexistente de tratamiento. Las condenadas a muerte, cada vez son más. Cientos, miles incluso. Pero, el estado venezolano, que curiosamente no ha visto afectada su capacidad de compra de armas y pertrechos militares, o de camionetas SUV 4×4, continua con su mantra: el bloqueo.

7 meses de ominoso silencio. Con un estado siendo testigo indiferente de la agonía de personas con cáncer.

Cuando las autoridades responsables no garantizan el tratamiento a una mujer con cáncer, incurren en violencia contra la misma. Remitiéndonos a la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Convención de Belém do Pará), que contempla obligación para el estado venezolano desde 1995 (desconocemos si a la fecha también esta Convención es considerada injerencia en asuntos internos para Venezuela), esta indica en su artículo 1 que “…debe entenderse por violencia contra la mujer cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado.” Y en el artículo 2, extiende los sitios donde puede ocurrir esta violencia a centros de salud, y que sea tolerada o ejecutada por agentes del estado.

La responsabilidad por las complicaciones de salud, y muerte, no solo de las beneficiarias de la medida cautelar 545-19, sino de cada mujer que por falta de medicamentos se registra en el país, es directamente imputable al estado venezolano. Ejerce este una violencia institucional contra la mujer. Sin ambages. Y aunque la impunidad es norma actualmente en nuestro país, y el camino a la justicia en los sistemas internacionales no sea lo rápido que quisiéramos, tampoco olvidamos esos nombres. Los rostros, las historias que deja cada mujer cuya llama se apaga por la negligencia de un estado que simplemente es sordo a la más elemental de sus tareas: proteger a sus habitantes.

Hace décadas ya, defensores de derechos humanos en Venezuela, decían que no se podía olvidar lo sucedido en Yumare, El Amparo o en el mismo Caracazo, antes citado. Pero, hay que decirle, al señor estado, por si no lo sabe: las nuevas generaciones, también tienen memoria. No olvidarán lo que está ocurriendo.

 Y la justicia, llegará.

 

*Imagen cortesía de Notiveraz.

Juan Carlos Mogollon Gonzalez

Juan Carlos Mogollon Gonzalez

Abogado Especialista en Derechos Humanos. Maestrante en Historia de Venezuela, con línea de investigación basada en historia de los derechos humanos. Asesor en OSC, coordinador adjunto en Promedehum.

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