#CiudadaniaActiva
Venezuela está dividida, de acuerdo a su medio de traslado, entre los venezolanos de a pie (entiéndanse aquellos que no poseen carro propio y dependen estrictamente del servicio de transporte público) y los que cuentan con un vehículo para su traslado y o trabajo. Un carro, para el venezolano que con sacrificio, siendo emprendedor y honesto, por supuesto adquirido de modelos 2013 hacia atrás, porque los modelos 2013 en adelante generalmente sólo están al alcance de ciertos privilegiados. Para ese venezolano clasificado que adquirió antes del 2013, no es un lujo, es un medio de transporte o trabajo que cada día se le hace más difícil mantener, tanto por el elevado costo de mantenimiento y reemplazo de repuestos y de un tiempo para acá las multas que le imponen las autoridades.
En medio de tanta anarquía, totalitarismo y precariedad económica, se van incrementando las multas como forma y manera de obtener dinero extra entre las alcaldías, gobernaciones y/o representantes de las diversas instituciones.
Quiero hacer especial énfasis en las famosas multas de tránsito que se aplican a través de órdenes de las Alcaldías, amparadas en las “Leyes Municipales de Convivencia Ciudadana” bajo la anuencia de las gobernaciones.
Tomemos en cuenta que, según la ley de tránsito de nuestro país, actualmente el monto a pagar por una multa (10 UT), o sea, mil quinientos Bs por 10 que serían quince mil bolívares una multa, peeeeero…
Desde el pasado 21 de diciembre de 2017 fue publicada en la Gaceta Oficial N° 41.305, la Ley Constitucional sancionada por la Asamblea Nacional Constituyente, donde se crea la Unidad Tributaria Sancionatoria (UTS) que será utilizada para determinar el monto de las multas y sanciones pecuniarias y que establece en el Artículo 3: Es competencia del Ejecutivo Nacional determinar el valor de la Unidad Tributaria Sancionatoria y reajustarlo dentro de los primeros días del mes de febrero de cada año, en la misma oportunidad que lo haga respecto de la Unidad Tributaria Ordinaria. Una reforma de la Ley de Convivencia Ciudadana en Vargas fue publicada en la gaceta oficial N° 1.536, con fecha del 2 de febrero, del año en curso. El instrumento establece que, quienes ignoren las luces del semáforo deberán pagar 40 millones de bolívares, misma tasa para los pasajeros que no usen cinturón. La conducción en estado de ebriedad generará una deuda de 90 millones de bolívares, mientras que las luces de alta intensidad que perjudiquen la movilización de otros, se multará con 60 millones de bolívares.
El monto de las multas de las alcaldías las establecen por encima de toda ley del INTTT, sobre la Unidad Tributaria Ordinaria y lo que es peor, por encima de la Unidad Tributaria Sancionatoria. ¿Cuarenta millones por no utilizar el cinturón? Por tener el tapa boca fuera de lugar, dentro de un vehículo que no ofreces riesgo de contagio a otros y lo que es peor que los que van transitando a pie en la acera de enfrente no lo llevan, pero vas multado. Multa de la cual el agente obtiene 30% sobre ella, creando competencia entre los uniformados de ver quien multa más para incrementar su sueldo. Ah, pero los uniformados van más allá para ayudarte, pues te presentan la opción de que les des pal´fresco (10$) y te exonera, porque el hecho de aplicarte una multa es si porque si, buscan de cualquier detalle pero si te paran seguro es multa, ni hablar de los caraqueños, aquellos que vienen a las playas (incautos porque desconocen la regulación ciudadana de por estos lares), los uniformados son expertos detectando turistas, jóvenes o viajeros, para presionarlos a que paguen sí o sí. Pero las multas no son procesadas y se tiene la opción de buscar el dinero para pagar: se debe pagar de forma inmediata o retienen tu vehículo, documentos, entre otros, la única salida es vamos para que pagues al punto más cercano o en efectivo ($$), hasta con punto de venta cuentan los funcionarios.
Sin lugar a dudas.. nos quieren arrebatar el privilegio de contar con nuestro vehículo, ¡en el Estado Vargas exigimos ser transparentes en las alcabalas!