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Organizaciones de la Sociedad Civil venezolana reiteran exigencia de revocar nueva Providencia Administrativa

Unas 319 organizaciones de la sociedad civil en Venezuela suscribieron un pronunciamiento donde reiteran su rechazo y exigencia de revocación de la nueva Providencia Administrativa No. 002-2021 para el Registro Unificado de Sujetos Obligados (RUSO) ante la Oficina Nacional Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo (ONCDOFT), adscrita al Ministerio de Interior, Justicia y Paz, de fecha 03 de mayo publicada en Gaceta Oficial 42.118, donde se expresa la sustitución a la Providencia Administrativa 001-2021, publicada en Gaceta Oficial No. 42.098 del 30 de marzo de 2021.

Para dichas organizaciones esta nueva Providencia 002-2021, así como otras medidas recientes de control y fiscalización constituyen actos inconstitucionales, de extralimitación legal y grave quebrantamiento de las normas internacionales de protección de los derechos humanos y libertades fundamentales que son de obligatorio cumplimiento para el Estado venezolano, debido a que crea un registro adicional a las normas de regulación a través de las cuales las organizaciones ya están registradas, creando nuevos requisitos que exceden arbitrariamente, los establecidos en las normas vigentes. Viola el propio mandato del Estado, a través de la Ley de simplificación de trámites administrativos, de no presentar documentos que ya están en manos del Estado. De hecho, muchos de los requisitos no podrían cumplirse porque, desde hace años, han sido objeto de permanentes trabas, obstáculos y suspensiones por parte del propio Estado, incluso para trámites corrientes de las organizaciones.

Además, establece un sistema de registro sujeto a la emisión de un documento que certifica estar bajo control y supervisión de la Oficina competente, solo si son cumplidos todos los requisitos y recaudos exigidos, incluyendo alianzas con otras OSFL y las fuentes de financiamiento para demostrar no ser culpables de tener vínculos con el terrorismo, el financiamiento al terrorismo y la delincuencia organizada, entre otros delitos, violando el principio de la presunción de inocencia.

Por otra parte, crea un sistema que exacerba los controles discrecionales, no solamente porque los requisitos deben renovarse cada vez que haya cambios, sino porque permite a los funcionarios decidir el cumplimiento o no de los recaudos, con posibilidad de hacer fiscalizaciones in situ sin límites de alcance y duración. Este registro, además, se podría convertir en un requisito para hacer otro tipo de acciones registrales, sin las cuales no podrán funcionar las organizaciones, creando un cerco para obligar al registro, so pena de caer en una situación de irregularidad permanente.

Por si fuera poco, también crea un régimen de autorización, sometido a renovación anual, por el cual solo quienes hayan obtenido credenciales emitidas por la Oficina competente, pueden hacer actos de representación legal de las organizaciones. Adicionalmente, exige que cada organización cuente con la figura de un oficial de cumplimiento que se registre e igualmente obtenga credenciales; así como la firma de estados financieros por parte de contadores quienes pueden exigir el registro para poder estampar sus firmas.

Las autoridades de gobierno han manifestado en discursos y anuncios de manera pública y notoria que esta Providencia y otras medidas dictadas por entes del Estado responden a una política de criminalización, persecución y eventualmente suspensión e ilegalización de organizaciones de la sociedad civil autónomas e independientes, violando los estándares internacionales sobre la lucha contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo establecidos por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

Estos estándares protegen el derecho a la libertad de asociación de acuerdo con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en el cual se establecen límites a los Estados para dictar regulaciones a las organizaciones de la sociedad civil, las cuales deben notificarse a los órganos internacionales de protección, estar estrictamente acotadas en leyes y ser de naturaleza democrática, con el objeto de prevenir y evitar su uso para cometer abusos, interrumpir o desalentar la actividad legítima de organizaciones de derechos humanos, desarrollo, acción humanitaria y con otros fines de interés colectivo en la sociedad civil.

Desde el año 2020, se puso en marcha un andamiaje jurídico que ha intensificado la política de criminalización y persecución contra las organizaciones de la sociedad civil, del cual son parte el Decreto No 4.135 que crea el Cuerpo Nacional Contra el Terrorismo como órgano desconcentrado y el Decreto No 4.136 sobre el Plan Nacional Contra el Terrorismo 2020-2022 (G.O, N° 41.828 de 27.02.20); la creación del Registro Automatizado de Organizaciones No Gubernamentales No Domiciliadas en el país, también bajo requisitos de revisión conforme a la Ley contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo (G.O. N° 41.994 del 27.10.20); la Circular SIB-DSB-CJ-OD06524 de la Superintendencia de Bancos (SUDEBAN) del 20.11.20 para fiscalizar las operaciones bancarias de las organizaciones; y la Ley de Cooperación Internacional, actualmente en discusión por la Asamblea Nacional, con la cual sólo las organizaciones reconocidas por el Estado tendrían capacidad de acceso a la cooperación internacional.

Con el uso de parte de estos instrumentos en 2020 y 2021 se cometieron allanamientos, órdenes de detención e intentos de enjuiciamiento contra los miembros de organizaciones como Azul Positivo, Acción Solidaria, Prepara Familia, Fundación MAVID, Convite, Alimenta la Solidaridad y Caracas Mi Convive.

Es por lo antes explicado que más de 300 organizaciones venezolanas ratificaron la exigencia de revocar la Providencia 002-2021 y toda medida del Estado venezolano que tenga la intención o pueda ser usada para intimidar, criminalizar, perseguir y cerrar el trabajo de las organizaciones y del espacio cívico en Venezuela, situación inaceptable en cualquier circunstancia que en los actuales momentos es contraria a la necesidad de fomentar la participación y todos los esfuerzos de solidaridad con la sociedad venezolana, puesto que quebrar la confianza social y restringir más la cooperación internacional traerá mayores consecuencias lamentables de sufrimiento humano para la población, severamente afectada por graves violaciones de derechos humanos, la pandemia por la Covid19 y la emergencia multidimensional que atraviesa el país.

Fuente: Justicia y Verdad Venezuela / justiciayverdad.org/

Foto: Laura Rangel

Karla Ávila Morillo

Karla Ávila Morillo

Periodista, locutora, activista ciudadana, directora de Fundación Lucelia

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