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Campaña #NoMásTortura

Maracaibo.- Las manifestaciones suscitadas entre abril y agosto de 2017 tuvieron como resultado venezolanos asesinados, heridos, enjuiciados en tribunales militares e injustamente apresados. En el Zulia, la Comisión para los Derechos Humanos del Estado Zulia (Codhez) registró un caso de tortura sexual de un joven estudiante detenido el 20 de julio de 2017 durante una protesta en las adyacencias de la sede de la Corporación Eléctrica Nacional (Corpoelec) del sector Amparo, en la ciudad de Maracaibo.

El 20 de julio de 2017, tras ser detenido, el joven estudiante fue llevado a la sede de Corpoelec -donde retenían temporalmente a las personas capturadas en las manifestaciones de la zona- y en ese recinto se produjo la violación de la que fueron testigos el resto de los detenidos. Posteriormente, los custodios lo acompañaron durante el examen médico forense de rutina y ordenaron a la doctora no plasmar en el informe los signos de violación evidenciados.

Durante la audiencia de presentación ante el tribunal militar, la víctima denunció frente a la jueza la tortura a la que fue sometida en las instalaciones de Corpoelec e identificó a dos funcionarios custodios presentes en la sala como perpetradores del hecho. Sin embargo, la jueza militar ordenó un arresto domiciliario por cuarenta y cinco (45) días para la víctima y no para los funcionarios. Con posterioridad, a solicitud de la Fiscalía Militar, se desistió de la prosecución y el tribunal militar otorgó el sobreseimiento del caso.

10 meses después, la denuncia realizada ante la justicia militar fue tomada en cuenta por la Fiscalía 45 del Ministerio Público con competencia en materia de protección de derechos humanos, que solicitó ante el Tribunal 10° de Control la aprehensión de los funcionarios de la Policía Nacional Bolivariana (PNB) Alvis Labarca, Kendry Osorio, Michael González, Rolando Baleta, Lizsujey Niebles, Joxy Quiroz, Carlos Contreras, y Manuel Chacón. La Dirección de Contrainteligencia Militar procedió a detenerlos el 7 de mayo, pero algunos se encuentran en fuga. En la audiencia de presentación de los funcionarios detenidos, el Ministerio Público imputó a los funcionarios los delitos de violación y trato cruel, ratificando que se mantuvieran privados de libertad, requerimiento que fue acordado por el tribunal de control.

Una vez concluida la investigación, el Ministerio Público acusó a Labarca de violación y al resto de ser cómplices en la comisión de este delito. Para complementar la acusación fiscal, el equipo de defensa de Codhez, que ha acompañado a la víctima desde su presentación ante el tribunal militar y durante la investigación de la tortura a la que fue sometido, presentó una acusación particular propia con el objetivo de resaltar que la violación fue un acto de tortura.

Codhez saluda las acciones del Ministerio Público, en particular de la Fiscalía 45, para obtener justicia, aunque la acusación fiscal debió fundamentarse en el delito de tortura, porque en este caso resulta evidente la comisión de violaciones a derechos humanos orientadas a producir un amedrentamiento colectivo funcional a los intereses del grupo en el poder  y posible gracias a la corrupción e impunidad de las fuerzas de seguridad en Venezuela.

El  artículo 5 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y el artículo 7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos proclaman que nadie será sometido a tortura ni a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. La condena a los culpables por estos hechos debe ejecutarse lo más pronto posible puesto que castigar las violaciones de derechos humanos es una obligación del Estado.

Debido a que en este caso los perpetradores son miembros de las fuerzas de seguridad del Estado que cumplían funciones de orden público, Codhez insta a enjuiciar a los funcionarios de la PNB arriba mencionados por la comisión  de los delitos de Tortura y Tratos Crueles de conformidad con los artículos 17 y 18 de la Ley contra la Tortura, Tratos Crueles e Inhumanos.

En tal sentido, Codhez exige que los responsables de este suceso sean sancionados y cumplan con su pena sin beneficios procesales. Además, demanda la realización de un juicio justo, evitar las suspensiones de audiencias que derivan en retardo procesal y el mantenimiento de las medidas de privación preventiva de libertad a todos los acusados.

La determinación de la verdad en este caso no solo está destinada a la reparación de los derechos de la víctima y sus familiares, sino que posee una dimensión colectiva en la medida en que la sociedad tiene derecho a conocer la verdad y a que se erradique la impunidad, como ha ocurrido con el caso de Adrián Duque, quien murió asesinado en una protesta reprimida por funcionarios de la Guardia Nacional Bolivariana y aún no cuenta con responsables tras las rejas.

Se invita a todos los activistas a la campaña de visibilización de este caso, bajo el lema #NoMásTortura

La batería de tweets a utilizar podrán visualizarla en Batería de tuits- Caso de Tortura sexual en Maracaibo

Los tweets se combinarán con las siguientes imágenes:

CEPAZ Centro de Justicia y Paz

CEPAZ Centro de Justicia y Paz

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