JUSTICIA PARA NIÑAS Y ADOLESCENTES CICLISTAS
Por: Karla Ávila Morillo
Así describen los hechos
A mediados del mes de febrero de 2022, una alumna adolescente de 14 años de la Escuela de Ciclismo Menor “MTB KIDS Puerto Ordaz” conversó con su padre José Goncálves y su madre Liscarli Soto, expresándoles que uno de sus profesores de ciclismo llamado Óscar Rafael Vallejo Romero le estaba escribiendo extrañamente y con exceso de confianza a través de mensajes privados por Whatsapp.
La jovencita con tan solo un mes de haber iniciado clases en la academia ya estaba recibiendo mensajes no deseados del mencionado Vallejo, el hombre le escribía diariamente en privado y no por el grupo creado para las comunicaciones oficiales del plantel deportivo, lo que la llevó a desconfiar y expresar que además de no sentirse cómoda con la situación, también le parecía extraño por el tipo de mensajes sugerentes que Vallejo le enviaba todos los días.
Su padre explica: “Mi hija me contó que el profesor Óscar Vallejo le estaba escribiendo diciéndole que él había soñado con ella. Ahí inició todo, desde el día uno comenzó el acoso, comenzó a mandarle mensajes todos los días, él no tiene por qué escribirle a mi hija por privado porque para eso hay un grupo, el copió el número de ella de ese grupo y fue cuando empezó a acosarla por mensajes, de hecho tenemos las capturas de pantalla de las conversaciones y justamente el mensaje donde él cuenta el sueño que tuvo con ella y luego lo borró diciendo que eliminaba esa conversación porque eso lo podía comprometer, en ese momento decidimos denunciar porque queremos justicia”.
Recordemos que según la Ley Orgánica Para la Protección al Niño, Niña y Adolescente (LOPNNA) está señalado que esta legislación tiene por objeto garantizar a todos los niños y adolescentes, que se encuentren en el territorio nacional, el ejercicio y el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías, a través de la protección integral que el Estado, la sociedad y la familia deben brindarles desde el momento de su concepción. En su Artículo 33 habla claramente sobre el derecho que tienen NNA a ser protegidos contra cualquier forma de abuso sexual, además el Estado garantizará programas permanentes y gratuitos de asistencia y atención integral a los niños y adolescentes que hayan sido víctimas de abuso sexual.
Asimismo, es importante saber que el Código Civil Venezolano establece de forma textual que “La ignorancia de la Ley no excusa de su cumplimiento”, es decir, que quien desconozca las leyes no queda exento de cumplirlas, lo que busca de alguna manera evitar la impunidad y anarquía social.
Razón por la cual, tanto la señora Liscarli como José, manifestaron sentirse consternados y decepcionados por la manera como algunas autoridades judiciales han dado tratamiento al caso de su hija. “Nosotros no entendemos, el gobierno hace tanto énfasis en que hay que denunciar pero cuando uno va a esos sitios es traumático, a ese hombre lo meten preso en la mañana y ya el sábado a las dos de la tarde estaba en la calle, es algo que no logramos entender todavía, quedó con régimen de presentación cada 30 días. También fuimos a tribunales pero el proceso se complicó porque cuando pedimos copia del expediente me solicitaron que esperara, porque había que tener paciencia ya que eso era un procedimiento lento. Pero a nosotros nos preocupa que ya hay una segunda denuncia de otra adolescente de la misma edad, que fue peor porque se trató de actos lascivos, creemos en la justicia venezolana y esperamos que de verdad procedan a cumplir con las leyes”.
Este tipo de retrasos en los procedimientos legales hacen que no se cumpla con el debido proceso, principio jurídico que dicta que el Estado debe respetar los derechos de toda clase de actuación judicial o administrativa que poseen las personas según la ley.
Adicionalmente denunciaron que al momento de la audiencia en los tribunales no le permitían al padre el ingreso a la sala para acompañar a su hija: “Me dijeron que no podía pasar y yo les respondí que si yo no pasaba, mi hija no iba a declarar porque además de denunciante soy el padre de ella, no pueden obviar que es menor de edad. Total que de tanto exigir fue que me permitieron que yo pasara, bajo mis condiciones, que eran: escuchar a mi hija y oír cuales eran las preguntas que le iba a hacer, yo no tengo nada que hablar en la audiencia y así fue que aceptaron pero la jueza estaba renuente a que yo pasara a la presentación, además no admitieron un juez o jueza de menores sino que fue evaluado por violencia de género, igualmente todo fue muy apresurado, no me dio tiempo de buscar asesoría legal de mi confianza. Yo fui el sábado porque alguien me comentó que se iba a dar la presentación pero de resto no me dijeron nada, es decir, yo llegué al sitio a preguntar y me encontré con la presentación donde me señalaron que eso era una decisión y no era apelable sin embargo nosotros vamos a luchar porque se haga justicia porque no queremos que se sigan cometiendo delitos contra otras niñas”.
El 18 de febrero Goncálves dejó constancia ante el despacho del Centro de Coordinación Policial “Caura” la denuncia en contra de Óscar Vallejo, por acosar por vía digital a su hija con mensajes explícitos que le pedían detalles íntimos con la excusa deportiva y que al final no eran para tal fin, según explican los representantes y otro entrenador de la academia especialista en temas relacionados al ciclismo. Asimismo consignó unos documentos ante la Federación de Ciclismo para dejar un precedente y que se tomen las acciones pertinentes al caso.
Tal y como lo dice la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el acoso sexual está catalogado como una forma de violencia contra la mujer, enunciado de la siguiente manera: “Solicitud de cualquier acto o comportamiento de contenido sexual, para sí o para un tercero, o el procurar cualquier tipo de acercamiento sexual no deseado que realice un hombre prevaliéndose de una situación de superioridad laboral, docente o análoga, o con ocasión de relaciones derivadas del ejercicio profesional, y con la amenaza expresa o tácita de causarle a la mujer un daño relacionado con las legítimas expectativas que ésta pueda tener en el ámbito de dicha relación”. Es decir que es cuando una persona – aprovechándose de una situación de ventaja o superioridad sobre la persona afectada – hace insinuaciones sexuales inapropiadas, peticiones intimas, conductas verbales o físicas de naturaleza sexual que la víctima no desea, es ahí cuando se está cometiendo un delito.
Según varios testimonios, el profesor presuntamente utilizaría el método de medición de la altura del sillín de la bicicleta para manipular la situación y aprovecharse de las niñas para tocar sus partes íntimas, este método consiste técnicamente en pararse totalmente erguido con las piernas cerradas frente a una pared para medir la distancia que existe entre el suelo y la entrepierna, justo en el punto donde se apoyaría el sillín. Sin embargo, los representantes aclaran que para este proceso lo usual es que a las niñas las midan los propios familiares ya que es un delito que cualquier persona adulta se aproveche de esta situación para tocar niños, niñas y adolescentes.
También hay que decir que con frecuencia en la mayoría de los casos de violencia sexual, los agresores están más cerca de lo que la gente se imagina, es decir, suelen ser personas allegadas que ejercen un vínculo de poder o dominio, como lo es claramente en este caso según declaraciones de Antonio Miranda, quien fue socio y cofundador junto a Oscar Vallejo de la escuela de ciclismo, por lo cual se mostró visiblemente afectado y sorprendido ya que al darse la primera denuncia de los padres de la adolescente, desencadenó que se hiciera visible otra presunta víctima pero esta vez de actos lascivos y que resultó ser hacia la sobrina de Antonio, quien también es una adolescente de 14 años. Acotó lo siguiente: “Era mi amigo pero siento que nunca lo conocí, estoy muy impactado con lo ocurrido porque en nuestra academia tenemos niños, niñas y adolescentes y no vamos a consentir agresiones como estas”.
Consecuencias de conductas delictivas
De inmediato, a través del instagram oficial de la escuela @mtbkidspzo fijaron posición ante lo ocurrido con el profesor, manifestando que: “La Escuela de Ciclismo Menor MTB Kids Pzo por medio de la presente informa a todos los representantes de nuestra escuela, a la comunidad ciclística, a los medios de comunicación y público general, que el ciudadano Oscar Vallejo, ya no forma parte de nuestra organización, no representa a nuestra escuela de ninguna forma, ni ninguna actividad llevada a cabo bajo nuestro nombre”.
Lo mismo ocurrió con la Corporación “Iron Metal Global Consultants” quienes a través de un comunicado informaron que el ciudadano Vallejo, ya no mantiene afiliación alguna con las empresas de la asociación y no los representa ante ningún ente, ni en ninguna actividad llevada a cabo por IMGC.
Educación para fortalecer la prevención de la violencia basada en género
En consulta realizada a la psicóloga María Alejandra Ramírez, especialista en el fortalecimiento de las familias, indicó que es importante explicar que siempre hay que poner atención y buscar ayuda especializada de inmediato cuando un niño o niña revela que está siendo abusado, ya que en un 90% de los casos de abuso sexual infantil se evidencian varias etapas como parte de un ciclo, las cuales son: la fase de seducción, la interacción abusiva, reafirmación del secreto, fase de revelación, reiteración, hasta llegar a la posible detención del abuso. Así lo detalla en su instagram @AcuarelaFamiliar donde brinda orientación a las familias.
Por otra parte explica que “el abuso sexual infantil es una forma de violencia y maltratos hacia niños, niñas y adolescentes por lo cual es un acto de poder, es decir, una manera de ejercer autoridad de los adultos hacia los NNA, entonces quien abusa es un agresor”.
Pedofilia y pederastia
Ramírez detalla que la pedofilia se define como una atracción sexual recurrente hacia niños prepúberes, de hecho para la comunidad científica se trata de un trastorno psicosexual que se caracteriza por fantasías sexuales o intentos de prácticas sexuales con niños o niñas que usualmente tienen 15 años o menos, bien sean del mismo sexo o del sexo opuesto. Mientras que la pederastia es cuando esas fantasías sexuales se llevan a la acción, por lo tanto incluye la pedofilia.
Entonces, al hablar de pedofilia se le resta responsabilidad al agresor, ya que según la opinión pública su conducta estaría justificada o sería responsabilidad del “trastorno” del agresor y no de la persona que abusa. Asimismo, al hablar de pedofilia o pederastia las personas se ubican en el lugar del agresor y no de los niños, por lo que se le quita importancia a la acción del maltrato invisibilizando a las víctimas.
Según indica la psicóloga las categorías diagnosticas también repercuten negativamente en las consecuencias penales del abuso, por ejemplo: “Si asumimos que 1 de cada 4 niñas y 1 de cada 6 niños son abusados sexualmente -el 95% por parte de un familiar – ¿estaríamos hablando que ese porcentaje de agresores son “enfermos mentales?”, se pregunta la psicóloga.
Finalmente la especialista comparte en su instagram un axioma diferenciado de Suzanne Sgroi (1982) quien plantea que: “El abuso sexual son todos aquellos actos de naturaleza sexual impuestos por un adulto sobre un niño, que por su condición de niño carece del desarrollo madurativo, emocional y cognitivo para dar consentimiento a la conducta o acción en la cual es involucrado. La habilidad para enredar a un niño en estas actividades se basa en la posición dominante y de poder del adulto en contraposición con la vulnerabilidad y la dependencia del niño”. Es por este motivo que, a juicio de María Alejandra, es recomendable dejar de hablar de pedófilos y más bien referirse a estas personas como agresores sexuales.