#CiudadaniaActiva
En los actuales momentos se hace imprescindible educar a la población para su debido empoderamiento, en el conocimiento y reconocimiento de sus derechos; todo en busca del bienestar de la población es decir del ser humano, es por ello que se realizó un formación en la comunidad de San Rafael, pudiendo agrupar miembros de tres comunidades circundantes o vecinas, se da con la finalidad que sirvan de multiplicadores del conocimiento del desarrollo sustentable ambiental como derecho humano.
Allí, se les formó acerca de la noción de desarrollo sustentable, la cual es muy reciente, surgió a fines del siglo XX como el resultado de proyectos y exposiciones internacionales que analizaban el desgaste y el abuso que el ser humano con su crecimiento económico, tecnológico y social que generó a lo largo del tiempo sobre el medio ambiente. Así, surge este concepto novedoso que supone el poder mantener niveles de crecimiento y desarrollo que beneficien a las diferentes regiones del mundo pero; que no impliquen continuar con ese abuso medioambiental sino que, se basen en el uso de energías renovables, en el reciclado de materiales que puedan ser reutilizables.
En Venezuela, con el auge de la producción petrolera y especialmente en la tercera década del siglo pasado, se fue abandonando paulatinamente la agricultura, sector hasta entonces predominante en la economía del país, se fue estimulando a partir de entonces la agricultura de puertos. Desde el punto de vista ambiental esto ha traído como consecuencia la alta huella ecológica del consumo alimenticio venezolano dependiente de alimentos importados, que se sostuvo en el tiempo gracias a las facilidades de trasporte que garantizaba la condición de país petrolero.
Ante la situación de crecientes desarreglos ecológicos, sociales y económicos que está produciendo el decadente modelo petrolero, se plantea el desarrollo sustentable que permita, tanto corregir los desequilibrios insostenibles como propiciar la inserción del país en los avances que en el mundo se pretenden para un desarrollo que no comprometa el destino de la especie humana.
Por su parte los derechos humanos tienen como pieza de sus rasgos característicos la indivisibilidad, que sugiere que no existen dentro de su carta o catálogo de derechos unos más importantes que otros, sino que comportan un todo complementario y progresivo. Estos derechos vinculan a todas las personas pero también a todos los demás derechos, debido a que el goce de los otros necesita la garantía en este caso del derecho al desarrollo sustentable. La importancia del desarrollo sustentable, radica en un hecho no menor, la suposición de que la humanidad no tiene que resignarse a su actual calidad de vida o modernidad para cuidar y mantener el medio ambiente.
Tenemos en consecuencia que educarnos en esta temática del desarrollo sustentable que es un ambiente sano y productivo, como derecho humano en Venezuela, planteado desde ella hasta los ciudadanos, sabiendo que la educación desempeña un papel importante en la comprensión y estudio de los problemas socio económicos, incentivando conciencia y fomentando la elaboración de conductas positivas con respecto a su relación con el medio ambiente, exponiendo la continuidad ininterrumpida que vincula los actos del presente a las consecuencias del futuro.
La visualización del desarrollo sustentable como un derecho humano, es relativamente reciente, aunque podría decirse que en los documentos generales sobre derechos humanos ya se consagraba de manera implícita tal aspecto, pero no fue hasta 1986 que en el marco de las Naciones Unidas se aprobó la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo. Posteriormente, tal noción se ha ido lentamente afianzando, aunque no siempre se agregue expresamente a la palabra “desarrollo” el adjetivo “sustentable”. En algunos casos ello puede trascender la cuestión terminológica, y revelar aspectos importantes, relacionados con el modelo conceptual del desarrollo que se persigue.
En el desarrollo sustentable es de importancia vital para el mundo promover, un modelo de desarrollo que aproveche equilibradamente el entorno natural para que esté garantizada su viabilidad en el tiempo con la propia supervivencia del ser humano y demás especies. La finalidad de la educación para el desarrollo sustentable es lograr que las personas entiendan la importancia del ambiente natural para los seres humanos, resultado este último de la interacción de los factores biológicos, físico, químicos, sociales, económicos y culturales, para que adquieran los conocimientos, valores, actitudes, habilidades con prácticas que les permitan participar de manera responsable en la previsión y resolución de los problemas ambientales.
El fundamento de los derechos humanos no es otro que la libertad y la dignidad de la persona humana, dos elementos fundamentales rodean esta percepción primero la concepción de la dignidad humana según el entendido de Kelsen, en el cual el ser humano es un fin en sí mismo y no un elemento instrumental de la sociedad para lograr otros fines. Y segundo, la concepción de que el ser humano tiene el derecho a realizar su destino y en ello se fundan, el vínculo entre derecho humano y desarrollo sustentable. En tal sentido la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, (1999) en su Artículo 3 dispone: “El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad…”
En referencia la Carta Magna, mantiene una perspectiva iusnaturalista del concepto de derechos humanos, según la cual merecen protección, todos los derechos inherentes a la persona humana, así el artículo 22 ejusdem consagra lo que la doctrina en materia de derechos humanos ha denominado el artículo ventana, el cual establece “la falta de ley reglamentaria de estos derechos no menoscaba el ejercicio de los mismos”. Los derechos humanos, no son sólo los que se mencionan en la Constitución o en leyes internacionales. Puede haber otros que, aunque no aparecen en el texto constitucional, se los considera derechos igualmente importantes.
En relación a la protección del medio ambiente, esta no se trata de manera directa en los treinta artículos que componen la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la preservación de la naturaleza se deduce del espíritu de la misma. Efectivamente, cuando se salvaguardan los derechos humanos recogidos en la Declaración Universal, una de las consecuencias más inmediatas es la protección del medio ambiente, porque no es compatible un modelo de crecimiento insostenible con el desarrollo de una sociedad basada en el respeto y promoción de los derechos humanos.
El derecho a la educación integral, a una vida digna, a un trabajo digno, a la cultura y al desarrollo de las facultades humanas, todos estos derechos que garantizan el pleno efecto de la condición humana, no pueden darse si no se respeta el medio ambiente en todos sus aspectos procesos naturales, biodiversidad, uso sostenible de los recursos. No hay plenitud de los derechos humanos si la naturaleza acaba degradándose y exterminándose, no puede haber justicia social si los recursos naturales son explotados de manera insostenible.
El desarrollo sustentable como derecho humano en Venezuela, es un derecho fundamental, que cuenta con una cláusula ambiental basada en un Estado democrático, social de derecho y de justicia, exaltando desde el preámbulo constitucional el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad, configurado así por mandato del constituyente como derecho-deber, que tiene un valor transversal para todas las políticas públicas, sólo necesita de exigibilidad y justiciabilidad, para cumplir con el principio de progresividad de los derechos humanos, cuya garantía está consagrada en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela 1999, como un derecho humano fundamental claro e inequívoco.
La educación en esta temática juega un papel relevante ya que ella produce cambios, es decir busca despertar en los seres humanos una conciencia que le permita identificarse con el tema ambiental tanto a nivel global como a nivel local, esto conlleva el cuido y preservación del ambiente, dando como resultado el bienestar anhelado como ser humano.
Es conocido que los seres humanos dependen del medio ambiente en el que viven, un ambiente seguro, limpio, saludable y sustentable, el cual es esencial para el pleno disfrute de una gran variedad de derechos humanos, entre otros, los derechos a la vida, la salud, la alimentación, el agua y el saneamiento. Sin un medio ambiente saludable, no se podrá satisfacer aspiraciones ni vivir a la altura de los estándares mínimos de dignidad humana. Simultáneamente, la protección de los derechos humanos ayuda a proteger el ambiente, si los ciudadanos reciben educación en esta materia y participan en las decisiones que les afectan, sus derechos humanos como ciudadanos.
En los últimos años ha incrementado mucho la aceptación de los vínculos entre los derechos humanos y el medio ambiente. También han aumentado rápidamente el número y los objetivos de las leyes, las decisiones judiciales y los estudios académicos, tanto internacionales como nacionales, fruto de la relación entre los derechos humanos y el ambiente.
Está claro que el derecho al desarrollo sustentable y los derechos humanos como se evidencia tienen una relación muy estrecha entre sí, de ahí que el desarrollo sin respeto a los derechos humanos no será en definitiva sustentable, mientras que una situación de pleno respeto y disfrute de todos los derechos humanos sólo será posible en un contexto educativo, cuestión en la que la sociedad con el esfuerzo de todos se ocupará para lograr el fin tan deseado y necesario.
La educación referida al desarrollo sustentable ambiental es la piedra angular del cambio de valores y comportamientos para la preservación de los recursos y el ambiente. Un desarrollo sustentable es aquel centrado, en definitiva, en un ser humano que disfrute y vea respetados todos sus derechos humanos. Se puede afirmar que la población venezolana está en el derecho y el deber de involucrarse en la gestión de desarrollo sustentable mediante la capacitación educativa y la organización para el desarrollo local, fomentando proyectos que fortalezcan las condiciones ambientales, sociales, culturales, económicas, y políticas de los territorios.
Los presentes en la formación quedaron comprometidos en ser multiplicadores de esta información, al igual que se formaron brigadas para concienciar en la quema de basura, separación de desechos para elaborar abono orgánico y donarlo a las familias que poseen pequeños huertos, o a la institución educativa de la comunidad.
Referencias
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999) Gaceta Oficial Nº36860, 30 de Diciembre. Asamblea Nacional. Caracas.
Declaración sobre el Derecho al Desarrollo, Asamblea General de la ONU (1986) Resolución 41/128.
PNUD (1998) La Integración de los Derechos Humanos en el Desarrollo Humano Sustentable, Anexo 3.
*Imágenes referenciales (cortesía)