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Redhnna: El Estado venezolano está obligado a garantizar derecho a manifestar de niños, niñas y adolescentes

El Estado venezolano está obligado a garantizar el derecho a manifestar de niños, niñas y adolescentes y a velar por su vida, integridad física y libertad

La Red por los Derechos Humanos de los Niños, Niñas y Adolescentes, Redhnna condena y rechaza una vez más la violencia y la represión policial y militar hacia la ciudadanía, especialmente hacia niños, niñas y adolescentes que, desde el pasado 22 de enero y como resultado de su participación en las protestas que actualmente realiza el pueblo venezolano en su lucha por lograr la restitución de sus libertades y de la democracia para el respeto y cumplimiento de sus derechos sociales, lesionan el derecho a la vida, integridad personal, justicia y libertad de niños, niñas y adolescentes y se suma a las diversas violaciones a garantías básicas que ya padecen, como son el derecho a la alimentación, la salud, la educación y a la protección debida.

Existen graves restricciones de acceso a la información por lo que, solo a partir de medios de comunicación digitales y redes sociales, se ha podido conocer la muerte de al menos dos adolescentes que ejercían su legítimo derecho a la manifestación en los términos definidos por la ley; al respecto, han sido señalados como presuntos responsables funcionarios de organismos de seguridad del Estado.

El Estado venezolano está obligado a investigar las condiciones en que se produjeron esas muertes, a determinar las responsabilidades y a reparar los daños causados. Ante la gravedad de las denuncias, sorprende el silencio del Ministerio Público, la Defensoría de Pueblo y demás instancias de la administración de justicia, que tienen la obligación ineludible de conocer estos hechos, promover las acciones que correspondan para asegurar que estos asesinatos no queden impunes y hacer justicia a las víctimas y a sus familiares.

Como en años anteriores, están ocurriendo detenciones arbitrarias de niños, niñas y adolescentes en sus propias comunidades e incluso en sus hogares, sin cumplir con la normativa y procedimientos establecidos en la Convención sobre los Derechos del Niño, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) y la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (Lopnna). Se ha constatado así mismo que no solo se les presenta a juicio y se les priva de libertad sin garantizar su derecho a la defensa y al debido proceso, sino que se les acusa, incluso cuando no han cumplido la edad requerida para el establecimiento de la responsabilidad penal, lo que en sí mismo constituye una clara violación de la normativa legal vigente. Las autoridades del Sistema de Justicia que así actúan deben ser inmediatamente acusadas por la comisión de delitos tipificados en el Capítulo IX relativo a infracciones y delitos del Título Tercero de la Lopnna.

Solo en los estados Apure y Yaracuy, la ONG Foro Penal contabilizó hasta el 26 de enero, 15 adolescentes bajo arresto (4 en Apure, 11 en Yaracuy) y en todos los casos hay muestras claras de golpes y diversas formas de maltrato físico y trato humillante. Así mismo, de 791 personas arrestadas para esa fecha en todo el territorio nacional, 72 eran menores de edad. En varios de estos casos se les mantuvo incomunicados y se pidieron fiadores para poder liberarles.

Nuevamente alertamos sobre la evidente actuación violenta y violatoria de derechos humanos por parte de agentes de los cuerpos de seguridad del Estado que por mandato de la Ley están obligados a garantizar la vida, la integridad personal y los derechos de la población. Estas acciones de represión policial y militar pueden calificarse como crímenes contra la población civil y así deben ser denunciados.

Reiteramos nuestro rechazo a cualquier intento de criminalizar, estigmatizar, manipular, menospreciar o patologizar el derecho a la protesta pacífica que tienen la niñez y adolescencia. La protesta no es un síntoma patológico ni debe criminalizarse su expresión.

Hacemos un llamado a la Fuerza Armada Nacional y a los órganos de seguridad del Estado para que cumplan con sus obligaciones constitucionales de proteger a la ciudadanía, garantizar el cumplimiento de la Ley y resguardar a la población que ejerce sus derechos a manifestar públicamente. Este deber se enfatiza y es especial en lo que respecta a niños, niñas y adolescentes, con quienes corresponde extremar las precauciones y medidas para garantizarles seguridad, protección y el cumplimiento de todos sus derechos, de acuerdo con los principios de interés superior y prioridad absoluta contemplados no solo en la Convención, sino en la CRBV (art. 78) y la Lopnna (Art. 7 y 8). Los cuerpos policiales y militares no tienen competencia legal ni ninguna norma les faculta para usar en contra de la población las armas que el Estado les entrega para garantizar la vida y la seguridad de la ciudadanía.

Exigimos el cese de la represión en el contexto de las manifestaciones públicas y en especial reclamamos el derecho que tienen niños, niñas y adolescentes a la libertad de expresión, a la manifestación pacífica y a recibir debida protección contra la violencia y el abuso de poder. Conforme a lo establecido en la Ley, exigimos el inicio de investigaciones de oficio que sean totalmente independientes, respetuosas del debido proceso, imparciales, transparentes y oportunas sobre las violaciones de los derechos humanos denunciadas en estos últimos días en el marco del contexto de las protestas en Venezuela.

Condenamos el uso real o simbólico de niños o adolescentes en hechos violentos en el marco de manifestaciones públicas. Si esto llegara a ocurrir es obligación indelegable del Estado individualizar los casos e imponer las sanciones a que hubiere lugar.

Los y las niñas, niños y adolescentes que protestan, son el reflejo de la profunda emergencia humanitaria que hemos venido denunciando desde 2016. Atender su voz y sus demandas y garantizar su seguridad es deber de las instituciones del Estado y de las autoridades que las representan, con competencia y atribuciones para garantizar esas exigencias legítimas. La negligencia en el cumplimiento de estas obligaciones acarrea igualmente responsabilidades individuales que, de acuerdo a su gravedad, pudiesen considerarse crímenes de lesa humanidad, que no prescriben ni por los cuales se puede esperar ni recibir amnistía.

Activismos

Activismos

Red de Activistas ciudadanos por los DDHH promoviendo democratización de los DDHH

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